La visita del perito es ineludible en las comprobaciones de valores. Así lo ha declarado el Tribunal Supremo en varias sentencias. Sin embargo, son muchas las Comunidades Autónomas que tratan de regatear al Supremo, y seguir realizando comprobaciones de valores sin visita del perito. Es el caso de Cataluña. Sin embargo, el TEAR de dicha Comunidad ha puesto freno a esta práctica, y en una resolución que se me ha notificado, anula una comprobación de valores en la que la visita del perito se ofreció al contribuyente, pero no se llevó a cabo.

En efecto, en Cataluña es habitual que el perito no visite el inmueble. A cambio, se indica al contribuyente que solicite él la visita del perito, si cree que la valoración que se le ha remitido no es correcta, y que tal visita es necesario. En otros casos, se indica al contribuyente que, si no está de acuerdo con la valoración realizada sin visita del perito, puede aportar la documentación e información que considere oportuna para desvirtuarla. Afortunadamente, el TEAR de Cataluña ha puesto freno a esta práctica. Lo explico en este vídeo.

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