Antes de declarar la responsabilidad subsidiaria es precisa la previa declaración de fallido del deudor principal, y de cualquier responsable solidario que pudiera existir. En estos casos, se plantea si es la Administración la que debe indagar la existencia de responsables solidarios, o por el contrario debe ser el contribuente el que aporte pruebas al respecto.
Pues bien, una reciente sentencia del Supremo obliga a Hacienda a indagar la existencia de responsables solidarios y a declararlos fallidos, caso de que el contribuyente aporte pruebas sobre la existencia de dichos responsables. Se acabó, en definitiva, el mirar para otro lado.
Eso sí, no vale con hacer meras manifestaciones o afirmaciones sobre la existencia de posibles responsables solidarios, sino que hay que aportar indicios sólidos de su existencia.
No obstante, cuando ello ocurra la Administración deberá seguir la pista que le ha dado el contribuyente, y en su caso justificar y motivar por qué considera innecesaria la previa declaración de fallido del responsable solidario designado por el contribuyente.
En este vídeo, te explico qué ha declarado el Tribunal Supremo, las consecuencias de esta sentencia, y cómo puede utilizarse para anular una declaración de responsabilidad.
Y si te encuentras en el caso a que se refiere este vídeo, no dudes en consultarme.



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