Recientes sentencias consideran que la fecha de efectos de la declaración de inconstitucionalidad debe retrasarse a la de publicación en el BOE de la STC 182/2021, y que no debe haber límite a la rectificación de autoliquidaciones, salvo la prescripción

2 comentarios

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  • Buenos días, mi suegrafalleció en mayo /2021 se aceptó la herencia de un piso en Octubre/2021, en enero de 2023, el syuntamiento nos envía la liquidación de la plusvalía ¿Se puede recurrir ya que en esas fechas había un vacío legal?
    Gracias
    Saludos

    • Hola, Susana, dicha liquidación es ilegal, desde el momento en que se notifica ahora, y se refiere a un hecho imponible afectado de lleno por la declaración de inconstitucionalidad. Mi consejo es el de recurrir tal liquidación. Saludos.

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