Recientes sentencias consideran que la fecha de efectos de la declaración de inconstitucionalidad debe retrasarse a la de publicación en el BOE de la STC 182/2021, y que no debe haber límite a la rectificación de autoliquidaciones, salvo la prescripción
Impuestos locales
Buenos días, mi suegrafalleció en mayo /2021 se aceptó la herencia de un piso en Octubre/2021, en enero de 2023, el syuntamiento nos envía la liquidación de la plusvalía ¿Se puede recurrir ya que en esas fechas había un vacío legal?
Gracias
Saludos
Hola, Susana, dicha liquidación es ilegal, desde el momento en que se notifica ahora, y se refiere a un hecho imponible afectado de lleno por la declaración de inconstitucionalidad. Mi consejo es el de recurrir tal liquidación. Saludos.